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¿Tiene derecho a cobrar la cuota alimentaria?
Responda 4 preguntas sencillas. Le decimos en 1 minuto si su caso califica.
¿Tiene acta de conciliación o sentencia que fija la cuota alimentaria?
¿Le deben más de 1 mes de cuota alimentaria?
¿El menor tiene menos de 18 años? (o 25 si estudia)
¿Tiene su cédula y el registro civil del menor?
¡Su caso califica!
Según sus respuestas, tiene los elementos necesarios para iniciar el cobro. La consulta es gratuita y sin compromiso.
Primero necesita fijar la cuota
Para cobrar judicialmente, primero necesita un acta de conciliación o una sentencia que fije la cuota. Le explicamos cómo obtenerla.
Hay algunos requisitos pendientes
Consúltenos para evaluar opciones.