¿No tiene acta de conciliación? — Guía práctica | Guzmán & Fossi Group

¿Aún no tiene acta de conciliación?

No se preocupe. Le explicamos qué hacer para obtenerla y poder cobrar las cuotas que le deben a su hijo.

Para iniciar un cobro ejecutivo de alimentos, necesita un documento legal que fije la cuota alimentaria — ya sea un acta de conciliación o una sentencia judicial. Si aún no tiene ese documento, estos son los pasos para obtenerlo:

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    Acudir a la comisaría de familia

    Diríjase a la comisaría de familia de su municipio. Es el primer paso legal para establecer una cuota alimentaria. El servicio es gratuito.

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    Solicitar audiencia de conciliación

    En la comisaría le asignarán una audiencia de conciliación. Ambos padres deben asistir. El objetivo es llegar a un acuerdo sobre el monto y la periodicidad de la cuota.

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    Si hay acuerdo → sale con el acta

    Si ambas partes llegan a un acuerdo, la comisaría emite un acta de conciliación. Este documento tiene fuerza de sentencia judicial y es todo lo que necesita para que nosotros podamos cobrar si el demandado incumple.

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    Si no hay acuerdo → la comisaría actúa

    Si no hay acuerdo, la comisaría de familia puede fijar una cuota provisional o remitir el caso al juzgado de familia. En ambos casos, usted obtiene un documento ejecutable.

Una vez tenga el acta de conciliación o la sentencia, vuelva a nosotros. Nos encargamos de cobrar judicialmente todas las cuotas que le adeuden — desde $0 de cuota inicial con nuestro plan Acceso Total.

¿Ya tiene su acta de conciliación?

Si ya tiene el documento, puede iniciar el cobro ahora mismo.

Cuando tenga su acta,
nosotros cobramos.

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