¿Le deben la cuota de alimentos de su hijo?
Nosotros la cobramos.
Abogados especialistas de derecho de familia. Sin salir de su casa. Todo el proceso es digital. Consulta gratuita en 5 minutos. Usted solo paga si recuperamos lo que le deben.
disponible
gratuita
digital
¿Por qué actuar ahora?
Cada mes sin actuar tiene un costo. Los intereses moratorios siguen acumulándose sobre las cuotas atrasadas, las pruebas se vuelven más difíciles de obtener con el paso del tiempo, y un demandado con voluntad de evadir gana margen para mover bienes, cambiar de empleo formal o trasladar cuentas bancarias a nombre de terceros.
A esto se suma un marco legal con un piso económico claro. Para 2026, el Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV) quedó fijado en $1.750.905 por el Decreto 2292 de 2025. Ese valor sirve como referencia mínima cuando un juez evalúa la capacidad económica del obligado: quien dice no tener ingresos suele ser presumido como receptor de al menos un SMLMV. Entender ese piso desde el primer día cambia la conversación.
Cuando un abogado de familia lleva el caso, el proceso avanza por rutas que un demandante por cuenta propia rara vez conoce: embargo preventivo del salario y de cuentas bancarias, medidas cautelares sobre vehículos o inmuebles del obligado, e inscripción en el REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos), que bloquea trámites como renovar el pasaporte o ejercer cargos públicos.
Y hay un cronómetro que no se detiene. La prescripción opera sobre las cuotas más antiguas: cuanto más tarde se inicie la demanda, menor el monto recuperable. Actuar pronto preserva el derecho del menor sobre los alimentos que se le adeudan.
Tres pasos para cobrar los alimentos
Todo el proceso es digital. No necesita desplazarse a ninguna oficina.
Cuentenos su caso
5 minutos por chat. Le hacemos unas preguntas y le decimos si podemos ayudarle. Sin costo, sin compromiso.
Envie sus documentos
Cedula, registro civil del menor y acta de conciliacion o sentencia. Los sube directo por el chat — sin ir a ninguna oficina.
Nosotros cobramos
Preparamos y presentamos la demanda. Usted no va a juzgado. Le informamos cada avance hasta que el caso quede resuelto.
Cuotas iniciales claras, sin sorpresas
Puede empezar desde $0 con nuestro plan Acceso Total. Le indicamos el plan exacto después de evaluar sus documentos.
Sin cuota inicial. Honorarios del 20% sobre lo efectivamente recuperado. Si no se recupera nada, no nos debe nada.
Cuota inicial estándar para el cobro de cuota alimentaria. Honorarios del 15% sobre lo recuperado. Aplica en la mayoría de los casos.
El porcentaje más bajo: solo el 10% sobre lo recuperado. Ideal para casos de alto valor donde se espera recuperar un monto significativo.
La consulta inicial es gratuita. La cuota inicial se cobra solo si decide contratar nuestros servicios.
Respaldados por experiencia real
No somos un buzón de correo. Somos abogados con trayectoria en derecho de familia en Colombia.
¿Por qué elegirnos?
Nos especializamos exclusivamente en cobro ejecutivo de alimentos. Esa especialización nos permite ser más rápidos, más efectivos y más accesibles que un abogado generalista.
- Proceso 100% digital — atendemos en toda Colombia
- Respuesta oportuna a su primera consulta
- Experiencia comprobada en juzgados de familia
- Cuotas iniciales transparentes — desde $0 con Acceso Total
- Protección de datos conforme a la Ley 1581 de 2012
Abogada titulada con Tarjeta Profesional Activa y amplia experiencia en derecho de familia y cobro de obligaciones alimentarias. Ha representado familias en Cúcuta y la región.
Lo que más nos preguntan
Si su pregunta no está aquí, consúltenos por el chat o por WhatsApp.
¿Qué necesito para iniciar una demanda de alimentos?
Necesita un acta de conciliación o sentencia judicial donde se haya fijado la cuota alimentaria. También necesitará su cédula de ciudadanía, el registro civil del menor y los datos del demandado (nombre, cédula si la tiene).
¿Cuánto tiempo toma el proceso?
La preparación de la demanda toma entre 3 y 5 días hábiles una vez recibamos todos los documentos. El proceso judicial depende del juzgado, pero normalmente toma entre 2 y 6 meses.
¿Puedo iniciar el proceso si no estoy en Cúcuta?
Sí. Todo nuestro proceso es digital. Puede enviarnos sus documentos por el chat web o por WhatsApp desde cualquier ciudad de Colombia.
¿Qué pasa si no tengo acta de conciliación?
Sin un acta de conciliación o sentencia que fije la cuota, no podemos iniciar un cobro ejecutivo. Le recomendamos acudir primero a una comisaría de familia o centro de conciliación para establecer la obligación.
¿Mis datos están protegidos?
Sí. Sus datos personales y documentos están protegidos conforme a la Ley 1581 de 2012 de protección de datos personales. Solo usted y nuestro equipo legal tienen acceso. Usamos cifrado para almacenar y transmitir su información.
¿Qué pasa si el demandado no tiene empleo formal?
El cobro no depende de que el demandado tenga un contrato laboral. Cuando no hay salario embargable, el juez puede ordenar el embargo de cuentas bancarias, vehículos u otros bienes a nombre del obligado. Además, se solicita la inscripción en el REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos), que bloquea trámites como renovar el pasaporte o ejercer cargos públicos, y suele presionar al pago voluntario.
¿Cuánto puedo recuperar de cuotas atrasadas?
En Colombia las cuotas alimentarias prescriben a los tres años, así que el cobro ejecutivo se concentra en las cuotas causadas dentro de ese periodo. A ese monto se le pueden sumar los intereses moratorios que la ley reconoce sobre las cuotas vencidas. Por eso, mientras más pronto se inicie el proceso, mayor el monto recuperable, ya que las cuotas más antiguas dejan de ser exigibles judicialmente.
¿El proceso afecta la patria potestad?
No. La demanda de alimentos es independiente de la patria potestad y de la custodia. Reclamar la cuota alimentaria no le quita derechos al padre obligado sobre el menor ni modifica el régimen de visitas. Son procesos legales separados, con causales y trámites distintos. Iniciar el cobro ejecutivo no condiciona ni perjudica ningún otro asunto de derecho de familia que usted ya tenga en curso.