¿Qué es el REDAM?
El REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos) fue creado por la Ley 2097 de 2021. Registra, mediante el procedimiento legal, a personas en mora desde tres cuotas alimentarias, sucesivas o no, establecidas en sentencia ejecutoriada, acuerdo de conciliación u otro título ejecutivo alimentario.
Su finalidad es apoyar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. La inscripción no ocurre automáticamente por acumular la mora: debe solicitarse y ser decidida por el juez o funcionario competente, con traslado al presunto deudor y oportunidad de defensa.
Dato clave: El REDAM no es una sanción penal. Es un mecanismo administrativo de presión que complementa el cobro ejecutivo de alimentos. Estar registrado en el REDAM no implica antecedentes penales.
¿Quién queda registrado en el REDAM?
Queda inscrita en el REDAM toda persona que cumpla todas las siguientes condiciones:
- Tiene una obligación alimentaria exigible contenida en sentencia ejecutoriada, acuerdo de conciliación u otro título ejecutivo alimentario.
- Está en mora desde tres (3) cuotas, sucesivas o no.
- El acreedor solicita la inscripción ante el juez o funcionario que conoce o conoció del proceso o de alimentos.
- La autoridad corre traslado por cinco días hábiles y decide si la inscripción procede, con respeto por la contradicción y la defensa.
El registro aplica tanto para padres que no pagan la cuota de sus hijos menores, como para cualquier persona que incumpla una obligación alimentaria legalmente establecida (cónyuges, padres de adultos, etc.).
Consecuencias de estar en el REDAM
La Ley 2097 de 2021 establece efectos concretos para la inscripción. Entre los principales se encuentran:
- Crédito: los bancos o entidades de financiamiento deben exigir el certificado cuando estudian una solicitud o renovación. Según el Consejo de Estado, es informativo para el análisis de riesgo y no constituye una prohibición automática de prestar.
- Cargos públicos: la ley impide el nombramiento o la posesión mientras continúe el reporte y contempla reglas para servidores públicos inscritos.
- Contratación estatal: existen consecuencias para quienes aspiren a contratar con el Estado o sean contratistas, en los términos del artículo 6.
- Actos notariales y migratorios: el certificado se exige en ciertos actos sobre bienes sujetos a registro y la ley contempla un impedimento para salir del país y efectuar trámites migratorios.
Importante: El alcance de cada efecto debe verificarse en la Ley 2097 de 2021 y frente a la situación concreta. La imposibilidad de consultar el registro debe interpretarse a favor del ciudadano.
¿Cómo registrar a alguien en el REDAM?
La solicitud se presenta ante el juez o funcionario que conoce o conoció del proceso o de alimentos. Cuando la obligación consta en un título distinto de una sentencia, la ley también prevé intervención de Comisaría de Familia o ICBF, según corresponda. En términos generales:
- El acreedor presenta la solicitud e identifica el título y las tres o más cuotas en mora.
- La autoridad corre traslado al presunto deudor por cinco días hábiles.
- La autoridad resuelve la procedencia con fundamento en la mora y la existencia o no de justa causa; la decisión admite recurso de reposición.
- Cuando la decisión queda en firme, la autoridad comunica la inscripción al operador del registro.
La autoridad competente y el canal de solicitud dependen de la clase de título y de quién conoció la obligación. No debe asumirse que siempre forma parte de una demanda ejecutiva ya iniciada.
¿Cómo sale un deudor del REDAM?
Cuando se acredita la cancelación total de las cuotas en mora, el juez debe comunicar la cancelación de la inscripción y el retiro de la información negativa. La ley también contiene reglas especiales para reincidencia. En términos generales:
- Se acredita ante la autoridad el pago de las cuotas alimentarias en mora.
- La autoridad verifica el pago y comunica la cancelación al operador del REDAM.
- El operador retira la información negativa de acuerdo con la orden y el procedimiento aplicable.
La procedencia de una solicitud, una excepción o un retiro debe analizarse con el expediente y la versión vigente de la ley; esta guía no reemplaza esa evaluación.
REDAM vs. proceso penal: ¿cuál es la diferencia?
Es común confundir el REDAM con el delito de inasistencia alimentaria. Son mecanismos completamente distintos:
| Aspecto | REDAM | Inasistencia alimentaria |
|---|---|---|
| Naturaleza | Administrativo | Penal (Art. 233 Código Penal) |
| Objetivo | Promover el cumplimiento mediante los efectos legales del registro | Sancionar penalmente al deudor |
| Consecuencia | Alerta migratoria, inhabilitaciones | Prisión de 16 a 54 meses y multa |
| Antecedente | No genera antecedente penal | Sí genera antecedente penal |
| Quién lo ordena | Juez o funcionario competente | Juez penal (previa denuncia ante Fiscalía) |
En algunos casos pueden coexistir, pero ninguno se activa de manera automática por la existencia del otro. REDAM, cobro ejecutivo e investigación penal tienen autoridades, finalidades y requisitos distintos.
¿Cómo le ayuda Guzmán & Fossi con el REDAM?
En Guzmán & Fossi Group evaluamos si una solicitud de inscripción en REDAM puede ser pertinente para el caso. Si el alcance contratado la incluye:
- Evaluamos si el caso cumple los requisitos para solicitar la inscripción en el REDAM.
- Identificamos la autoridad competente y preparamos la solicitud correspondiente.
- Hacemos seguimiento a la decisión y a las comunicaciones que legalmente procedan.
- Explicamos cómo se relaciona REDAM con el proceso ejecutivo y con otras vías, sin prometer su admisión ni un resultado de cobro.
La evaluación inicial es gratuita. El alcance de la representación, los costos y cualquier modalidad de contingencia dependen de la revisión legal y del acuerdo escrito. Los resultados y el recaudo no están garantizados.
¿Le deben tres o más cuotas de alimentos? Podemos revisar el título, la mora y la autoridad competente para determinar si una solicitud de inscripción en REDAM podría proceder.